COMUNICADO Nº 2 – KUAILIAN
10 de Diciembre de 2021

Estimad@ asociad@:
Mediante el presente, les informamos de los últimos trámites realizados en el procedimiento que
estamos tramitando como sus representantes legales frente a la compañía de inversión KUAILIAN y que
se sigue en el Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional de Madrid (DDPP-Proc.
Abreviado nº 18/2021-C).

Como bien conocen, los trámites del procedimiento en este juzgado se están desarrollando de
forma extremadamente lenta, desconociendo por nuestra parte el motivo exacto de esta demora, pero
no duden que desde la Asociación de Afectados por Criptomonedas se están realizando todas las
gestiones necesarias para agilizar al máximo la tramitación procesal.

Por otro lado, conocerán por otras informaciones que el Juzgado Central de Instrucción nº 6 de
la Audiencia Nacional que, como hemos indicado, se encarga de la tramitación del asunto, ha solicitado
a esta Asociación un importe considerable (4.000 €) en concepto de fianza por personarse como
acusación popular, lo que supone una excepción a la norma seguida por el resto de juzgados de España
en los que la Asociación de Afectados se ha personado en los distintos procedimientos en defensa de
los intereses de sus asociad@s y en los que en ninguno de ellos se ha solicitado cantidad alguna en
concepto de fianza

El hecho es aún más injustificable -además de por lo elevado de la cuantía- teniendo en cuenta
que la Asociación de Afectados es una institución sin ánimo de lucro, en la que sus asociad@s no
abonan ninguna cuota en concepto de inscripción ni por pertenecer a la misma.

Si tuviéramos que hacer una valoración del porqué de esta exigencia, cuando estamos
defendiendo y representando los intereses de miles de afectad@s en otros procedimientos e igualmente
lo queremos hacer en este, entendemos que se está intentando evitar la personación de la acusación
popular a toda costa, ya que la misión de la Asociación de Afectados si se admite tal personación sería
con efectos de solicitud de responsabilidad penal exclusivamente, ya que como bien saben ustedes, el
resarcimiento mediante la recuperación de las cantidades reclamadas -que correspondería a la
responsabilidad civil- se tramita desde la acusación particular que ejercemos de forma individual en
nombre de cada uno de los afectad@s, habiéndose encomendado ya su representación y defensa a los abogados seleccionados por esta Asociación de Afectados y que ya se encuentra debidamente
personados en la causa.

Indicarles al respecto que hace meses se presentó por nuestra parte el correspondiente escrito
al juzgado solicitando la reducción del importe de la fianza -si el juez instructor no tuviese a bien acordar
que no se abonase cantidad alguna- reduciéndola a 500 € de forma simbólica: a día de la fecha, el
juzgado no se ha pronunciado sobre nuestra solicitud de ninguna forma.

Queremos comentarles también que existe otra institución denominada “Asociación Libertad y
Justicia” que ha intentado personarse igualmente en defensa de sus asociados y que se encuentra en
la misma situación de paralización o bloqueo en cuanto a la personación como acusación popular.

Podríamos entender que se cuestione por el órgano judicial la personación de dicha asociación
al no tener que ver los fines de la misma con lo que realmente es el objeto del pleito, esto es, las estafas
por inversiones en criptomonedas, pero si tenemos en cuenta que la Asociación de Afectados que
nosotros representamos tiene por objeto único, exclusivo y principal este – el de las estafas por
inversiones en criptomonedas- no encontramos justificación alguna para que se demore de esta forma
la personación y que no se nos facilite de ninguna forma el acceso a la causa en defensa de los intereses
de tod@s los afectad@s

Comunicarles, por último, que continuamos en el procedimiento, defendiendo y representando
a las personas que nos han seleccionado como abogados en su nombre y defensa de sus intereses

Lamentamos no poder ofrecerles más información al respecto en estos momentos, ya que al
día de la fecha no obra en nuestro poder más de la que ya tenemos, reiterando una vez más la extrema
lentitud en la tramitación y señalamiento de actuaciones por parte del juzgado instructor y confiando en
que existirá causa justificada para incurrir en dicha demora. Estamos seguros de que la situación
revertirá en breve y que llegado el momento, tendremos pleno conocimiento de la tramitación de la
causa y les podremos ofrecer más novedades al respecto

Aprovechamos estas líneas para indicarles que, desde la Asociación de Afectados, estamos a
su disposición para todo aquello que puedan necesitar respecto del tema que nos ocupa así como
respecto de otras plataformas y procedimientos frente a otras inversiones y estafas en las que estamos
personados, pudiendo encontrar en nuestra página web información y novedades al respecto.
Les recordamos también nuestros canales de comunicación habituales:
Email: info@asociacionafectadoscriptomonedas.es

– Teléfonos: 644 027 349 // 91 310 30 00

Sin otro particular, muy atentamente,

Emilia Zaballos.
Presidenta Asoc. Afectados Criptomonedas

Doctora Emilia Zaballos. Abogada de Afectados por Inversiones en Criptomonedas
¿Afectado por inversiones
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